¿Quién está obligado y desde cuándo?
La obligación viene de la Ley 32-23 de Facturación Electrónica y de su reglamento, el Decreto 587-24. La DGII fijó las fechas por tamaño de contribuyente:
- Grandes locales y medianos: desde el 1 de noviembre de 2026 emiten exclusivamente comprobantes fiscales electrónicos, con secuencias tipo E. Según el artículo 55 del reglamento, los NCF de la serie B valen hasta el 31 de octubre de 2026. Después de esa fecha solo pueden usarse en una contingencia declarada.
- Pequeños, micro y no clasificados: su plazo original era el 15 de mayo de 2026. El Aviso 06-26 les dio una prórroga de seis meses, hasta el 15 de noviembre de 2026. La prórroga fue automática y no había que solicitarla.
Si no sabes en qué grupo te tiene clasificado la DGII, pregúntale a tu contador o llama al Centro de Contacto de la DGII, (809) 689-3444.
¿Qué pasa si no facturo electrónicamente a tiempo?
El Aviso 06-26 lo dice de forma directa: una vez vencido el plazo, el contribuyente que no haya implementado la facturación electrónica queda expuesto a las sanciones del artículo 27 de la Ley 32-23, por las infracciones que describe su artículo 26. El aviso no da montos. Revisa el texto de la ley con tu contador si necesitas la cifra.
Hay una consecuencia que se siente antes que la multa, y es la de tus clientes. El instructivo de contingencia de la DGII establece que solo los comprobantes no electrónicos emitidos en una contingencia notificada sirven para sustentar costos, gastos y crédito fiscal. Una empresa que te compra y necesita deducir esa compra va a pedirte un e-CF, y un comprobante serie B emitido fuera de contingencia le sirve de poco.
¿Qué necesitas para emitir e-CF?
La DGII publica los requisitos en su proceso de certificación para ser emisor electrónico:
- Estar inscrito en el RNC y tener clave de acceso a la Oficina Virtual (OFV).
- Tener autorización para emitir comprobantes fiscales, lo que la DGII llama Alta NCF.
- Estar al día con tus obligaciones tributarias. Si tienes algo pendiente, la solicitud se rechaza y tienes que volver a presentarla después de resolverlo.
- Un certificado digital para procedimiento tributario a nombre de la persona vinculada al RNC que actuará como representante. Lo emite una entidad de certificación autorizada; en la guía sobre el certificado digital para facturación electrónica está el detalle.
- Un software que emita e-CF. Puede ser propio, de un proveedor o el Facturador Gratuito de la DGII, que permite hasta 150 facturas al mes.
Con eso presentas el Formulario de Solicitud para ser Emisor Electrónico (FI-GDF-016) en la OFV. Si la DGII lo aprueba, recibes en tu buzón el acceso al Portal de Certificación, donde haces las pruebas. Al terminar, solicitas en la OFV tus rangos de secuencias e-NCF de producción y ya puedes facturar.
Si ya vas tarde, ¿por dónde empiezas?
El orden importa, porque cada paso depende del anterior y algunos dependen de terceros:
- Revisa que estés al día con la DGII. Es lo primero que se valida y lo que más tiempo puede tomar si hay declaraciones pendientes.
- Pide el certificado digital del representante. Depende de la entidad de certificación y de que la persona tenga sus documentos en orden.
- Decide con qué vas a facturar. Si emites pocas facturas y lo haces a mano, el Facturador Gratuito puede bastarte. Si usas un punto de venta o un ERP, pregúntale a tu proveedor si ya emite e-CF o con qué servicio se conecta.
- Presenta la solicitud FI-GDF-016 y haz la certificación. Son quince pasos en el portal; la guía de certificación como emisor electrónico los explica uno por uno.
Si eres grande o mediano y llegas al 1 de noviembre sin autorización, habla con tu contador y con la DGII antes de seguir facturando. Desde esa fecha los NCF serie B solo valen bajo contingencia declarada, con las condiciones que explica la guía de contingencia en facturación electrónica.
¿Cuánto tarda la certificación?
Depende sobre todo de dos cosas que no controlas del todo. La primera es la aprobación de la solicitud en la OFV. La segunda es el paso 6 del portal, donde un analista de la DGII revisa a mano los PDF de tus facturas, y esa revisión puede tardar días. El resto del proceso, con los datos y el certificado listos, se puede completar en pocos días de trabajo.
En facturapi certificamos así a nuestras primeras empresas en octubre de 2026: las pruebas de datos y la simulación salieron en un día, y los pasos 7 al 15 tomaron cerca de media hora en una sola sesión. La espera más larga fue la revisión de la representación impresa.
Emitir también es recibir
Ser emisor electrónico te convierte también en receptor. En el formulario de postulación declaras una dirección donde tus suplidores te mandan sus e-CF y otra donde recibes las aprobaciones comerciales de tus clientes. En los pasos 8 a 11 de la certificación la DGII te envía comprobantes de prueba y espera que tu sistema responda con un acuse de recibo firmado. Si tu software no cubre esa parte, no vas a pasar esos pasos.
Cómo lo hacemos en facturapi
facturapi prepara las pruebas de la certificación, las ensaya en el ambiente de pre-certificación antes de enviarlas y te muestra solo el paso que sigue. Después facturas desde un formulario o conectas tu sistema al API. Mira cómo funciona para emprendedores, para empresas con ERP o para contadores que llevan varias empresas.